En la tarde del lunes el Alcalde realizaba la convocatoria con carácter extraordinario de la Corporación Municipal para la celebración del Pleno para mañana jueves 11 de Agosto a las 18:00 horas.
Ello se produce tras la celebración de tres Comisiones Informativas celebradas el viernes de la pasada semana, referentes a Economía y Hacienda, Industria y Empresas y Asuntos Generales, las cuales analizaron, debatieron y Dictaminaron los asuntos a tratar en sesión plenaria, y cuya duración total no excedió de los treinta minutos.
La Resolución de Alcaldía n°1977 de 08/08/2022 se encuentra disponible en el Tablón de Anuncios Municipal (y literalmente expuesta a continuación), siendo recibida junto a la documentación completa del expediente de Pleno a los miembros de la Corporación Municipal en tiempo y forma.
<<< D. MOISÉS LÓPEZ MARTÍNEZ, Alcalde-Presidente del M.I. Ayuntamiento de Caudete (provincia de Albacete).
Habiendo surgido en el presente ejercicio la necesidad de dotar de cobertura presupuestaria que no puede demorarse al siguiente ejercicio, dada la existencia de inversiones y gastos corrientes para la mejora y funcionamiento de servicios municipales.
A tenor de la tesitura de haber de proveer de mayor dotación presupuestaria los gastos destinados a fiestas locales, cuyas fechas están muy próximas, ya que la incesable escalada de precios ha convertido en insuficiente la financiación prevista inicialmente para ello.
En virtud de las dos causas citadas, se estima conveniente recurrir a la incoación de sendos expedientes de modificación presupuestaria, en concreto mediante los suplemento de crédito S03/2022 y S-04/2022, a tales efectos.
Otro punto previsto en esta convocatoria es la aprobación del Hermanamiento de Caudete con el municipio conquense de Paracuellos de la Vega. En orden a buscar su fundamento jurídico, ha de partirse de nuestra Carta Magna, cuyo artículo 140 garantiza la autonomía de los municipios, los cuales gozan de personalidad jurídica plena. Por su parte, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dispone en su artículo 25 que el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal. Asimismo, el artículo 22.2 b) de tal texto legal dispone que corresponde al Pleno de la entidad local adoptar los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales. Cabe citar, asimismo, que en el ámbito supranacional la Carta Europea de la Autonomía Local regula, en su artículo 10, el derecho de asociación de las entidades locales, estableciendo su apartado 1 que las Entidades Locales tienen el derecho, en el ejercicio de sus competencias, de cooperar y, en el ámbito de la Ley, a asociarse con otras entidades locales para la realización de tareas de interés común.
En último lugar, se motiva la inclusión en el orden del día del tratamiento de la resolución de la alegación emitida a la aprobación inicial de las bases para la adjudicación del Programa de Actuación urbanizadora de la U.A. n.º 3 del Plan Parcial del Parque Tecnológico Empresarial de Caudete, previamente resolviendo si se estima o no la enmienda a la misma formulada en la última sesión celebrada por el Pleno de este municipio.
A tal efecto, durante la sesión plenaria de fecha 28 de julio de 2022 se acordó dejar sobre la mesa el punto decimotercero: “Resolución alegación formulada a la aprobación inicial de las Bases para la adjudicación del Programa de Actuación Urbanizadora de la U.A. N.º 3 del Plan Parcial del Parque Tecnológico Empresarial de Caudete y, en su caso, aprobación definitiva de las mencionadas Bases” para que, con carácter previo a proceder a votar la estimación o no de la enmienda constaran en el expediente informes de carácter jurídico y técnico. Habiéndose emitido ya los mismos y, habiendo presentado el Grupo Municipal Socialista enmienda a la alegación presentada, debe incluirse este punto con carácter de urgencia para dotar de la mayor celeridad posible a la tramitación del expediente en cuestión.
En virtud de lo dispuesto en los artículos 80 y siguientes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y en el artículo 47.2 del Texto Refundido de las disposiciones
legales vigentes en materia de régimen local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, esta Alcaldía-Presidencia,
HA RESUELTO
PRIMERO. Convocar al Pleno en Sesión extraordinaria, e l jueves, 11 de agosto de 2022, a las 18:00 horas, en el Salón de Sesiones, sito en la Primera Planta del edificio de la Casa de la Cultura de Caudete, actuando como Secretario, el Secretario del Ayuntamiento, y con el siguiente
ORDEN DEL DÍA
1º. APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS S_03/2022.
2º.- APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA MEDIANTE SUPLEMENTO DE CRÉDITOS S_04/2022.
3º.- RESOLUCIÓN DE LA ENMIENDA Y DE LA ALEGACIÓN FORMULADA A LA APROBACIÓN INICIAL DE LAS BASES PARA LA ADJUDICACIÓN DE PROGRAMA DE ACTUACIÓN URBANIZADORA DE LA U.A. N.º 3 DEL PLAN PARCIAL DEL PARQUE TECNOLÓGICO EMPRESARIAL DE CAUDETE.
4º.- APROBACIÓN DE HERMANAMIENTO CON EL MUNICIPIO CONQUENSE DE PARACUELLOS DE LA VEGA Y CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN DE HERMANAMIENTO.
SEGUNDO. Notificar esta Resolución a los miembros del Ayuntamiento Pleno, así como publicarlo en el Tablón de Anuncios municipal.
A tenor de lo dispuesto en el Artículo 90.2 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, en caso de inasistencia del número suficiente de miembros para celebrar la presente sesión, la misma se entenderá automáticamente convocada para la misma hora dos días después. >>>
Last modified: 10 de agosto de 2022