Destinadas a favorecer el empleo en las campañas agrarias de castilla-la mancha ante la situación generada por el Covid-19.
Plazo de presentación de solicitudes:
Del viernes 05 de Junio 2020 al lunes, 30 Noviembre de 2020
Objeto:
Regular la concesión directa de ayudas a trabajadores encuadrados en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, tanto para el desplazamiento desde su domicilio de residencia habitual hasta el lugar de realización de la actividad agraria como para el alojamiento en el término municipal donde se sitúa dicha actividad, dentro del ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en el presente decreto las personas trabajadoras encuadradas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.
Requisitos:
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- a) Encontrarse desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupados, en la correspondiente Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha con anterioridad al inicio de la relación laboral.
b) Residir y figurar empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, distinto al municipio en cuyo término se desarrolla la actividad, en el momento de inicio de la relación laboral y mientras dure la actuación subvencionable.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o en su caso, con la Mutualidad de Previsión Social correspondiente, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
- a) Encontrarse desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, no ocupados, en la correspondiente Oficina de Empleo de Castilla-La Mancha con anterioridad al inicio de la relación laboral.
Importe:
– La cuantía de las ayudas por la totalidad de los gastos subvencionables indicados en el artículo 6 del Decreto, será como máximo de 450 euros por mes y por persona beneficiaria, en función de los gastos que se justifiquen.
– En ningún caso el importe superará el coste real de los gastos, incluido impuestos, que al efecto se justifiquen.
Criterios:
– El sistema de concesión será por concesión directa, la instrucción la realizará las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
– Lo resolverá la Dirección General de Programas de Empleo, otorgándose según el orden de entrada de las solicitudes, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se acompañe la totalidad de la documentación exigida en cada tipo de ayuda, hasta agotar la disponibilidad presupuestaria que se publicará anualmente mediante resolución.
Documentación a aportar:
Junto con el formulario de solicitud, se aportará la siguiente documentación:
a) Volante o certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha donde figure el domicilio de residencia habitual de la persona beneficiaria, dicha documentación se aportará únicamente cuando en la solicitud de subvención conste oposición expresa a su consulta por parte de la Administración.
b) Copia de contrato o contratos de trabajo formalizados con la persona beneficiaria para la participación en las actividades agrarias dentro del periodo al que se refieren las actuaciones subvencionables.
c) Justificante de jornadas reales trabajadas como persona trabajadora del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social referido a los períodos dentro de los cuales se realizaron las actuaciones subvencionables, dicha documentación se aportará únicamente cuando en la solicitud no conste oposición expresa a su consulta.
d) Si la persona beneficiara solicitara gastos de desplazamiento e hiciera uso de transporte público desde el municipio de su domicilio de residencia habitual a un municipio distinto de Castilla-La Mancha donde realice la actividad : tickets o billetes correspondientes a los días en que hizo uso del transporte público.
e) Si la persona beneficiaria solicitara gastos de alojamiento en un municipio situado, al menos, en un radio de 50 kilómetros del lugar donde se realiza la actividad agraria, siempre que sea distinto al de su domicilio de residencia habitual, dependiendo del tipo de alojamiento:
1º. Factura/s de alojamiento en hotel, hostal, pensión, alojamiento turístico o de análoga naturaleza, por días incluidos dentro de la duración del contrato, y documentación justificativa del pago.
2º. Copia de contrato de alquiler en el que figure como arrendataria la persona beneficiaria y justificante de pago de la renta correspondiente al periodo de duración del contrato.
Lugar de presentación:
La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Programas de Empleo. Podrá presentarse por cualquiera de los siguientes medios:
a) Preferentemente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/LDK
b) Mediante su presentación en cualquiera de los registros y por los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Last modified: 14 de diciembre de 2020