Cuando se realiza entre un consumidor o un usuario y un empresario.
Información previa
Debe facilitarse de forma gratuita y clara:
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- Características esenciales del contrato.
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- Condiciones jurídicas y económicas.
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- Condiciones de los bienes o servicios.
- Nombre, razón social y dirección completa del responsable de la oferta y, en su caso, del comerciante por el que actúa.
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Precio completo, incluidos los impuestos, desglosando:
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- Importe de incrementos o descuentos.
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- Gastos que se repercutan.
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- Gastos adicionales por servicios accesorios, financiamiento u otras condiciones de pago.
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- Presupuesto, si corresponde.
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- Fecha de entrega, ejecución del contrato y duración.
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- Procedimiento para poner fin al contrato.
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- Garantías ofrecidas.
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- Lengua o lenguas en las que se puede formalizar cuando no sea la lengua en la que se ha ofrecido la información previa.
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- Derecho de desistimiento, plazo y manera de ejercerlo.
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Aunque no figuren, siempre que el contrato no contenga cláusulas más beneficiosas, se puede exigir:
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- El contenido de la oferta, promoción y publicidad.
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- Las prestaciones propias de cada bien o servicio.
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- Las condiciones jurídicas o económicas.
- Las garantías.
Información en el contrato
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- Debe constar claramente la voluntad de contratar o de poner fin al contrato.
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- Están prohibidas las cláusulas que impongan obstáculos para el ejercicio de los derechos reconocidos en el contrato.
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- No puede ser obligatoria la comparecencia personal del consumidor para cobros, pagos o trámites similares.
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- Se podrá poner fin al contrato de la misma manera que se contrató, sin ningún tipo de sanción o cargos como:
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- Pérdida de las cantidades abonadas por adelantado.
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- Abono de cantidades por servicios no prestados.
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- Ejecución unilateral de las cláusulas penales que se hubieran fijado contractualmente.
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- Fijación de indemnizaciones que no se correspondan con los daños efectivamente causados.
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- Debe entregarse un documento que acredite las condiciones de la contratación, aceptadas y firmadas por el consumidor.
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- Es gratuito cuando se tenga que documentar por escrito o en cualquier otro soporte.
- Se exceptúan los contratos que, por prescripción legal, se deban formalizar en escritura pública.
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En los contratos de trato sucesivo o continuado:
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- Están prohibidos los plazos de duración excesiva o limitaciones al derecho de ponerle fin.
- Ha de constar el procedimiento para ponerle fin.
Condiciones generales
Los contratos que utilicen cláusulas no negociadas individualmente deben cumplir los siguientes requisitos:
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- Concreción, claridad y sencillez.
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- Referencia a documentos anexos si es el caso.
- Permitir el conocimiento previo.
En el caso de contratación telefónica o electrónica:
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- La aceptación sin necesidad de firma convencional.
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- Transmitir inmediatamente justificación por escrito o, salvo oposición expresa del consumidor, en cualquier soporte de naturaleza duradera adecuado a la técnica de comunicación a distancia utilizada.
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- Debe demostrarse el cumplimiento de este formalismo.
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- El plazo del derecho de desistimiento es de siete días como en el resto de casos.
- Si se ejercen acciones individuales, en caso de duda sobre el sentido de una cláusula prevalece la interpretación más favorable al consumidor.
Last modified: 13 de diciembre de 2020