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Aumenta la garantía al comprar un coche: ¿qué diferencia hay entre los modelos nuevos y los de segunda mano?

23 de febrero de 2022

Desde la Concejalía de Comercio, a través de su Oficina de Consumo y con motivo de la entrada en vigor de las nuevas garantías nos informa sobre el cambio en las condiciones de las mismas en la venta de vehículos nuevos y de segunda mano

  • El Decreto Ley 7/2021 aplica las directrices de la Unión Europea de protección de los derechos de los consumidores.

El cambio de la duración de las garantías que el comprador puede disfrutar tras la adquisición de un coche es uno de los cambios que el 2022 ha traído al mundo de la automoción. Esta ampliación de los plazos de garantía mejora los derechos de los consumidores e introduce en nuestro países las directivas dictadas por la Unión Europea.

La nueva ley de los coches de segunda mano que hará que el vendedor pague una reparación en el primer año de uso.

Los conductores de coches de segunda mano pueden ser los que más se beneficien de estos cambios, ya que si hasta ahora la garantía era de entre 6 meses y un año, ahora pasa a verse ampliada hasta el año o los dos años, según el canal de compra. Además, será el vendedor quien deba hacerse cargo de todas las averías y vicios ocultos que pudiera sufrir el vehículo durante ese periodo de cobertura sin que el comprador tenga que demostrar que el fallo estaba ya presente en el momento de la compra.

De uno a tres años

Para los coches nuevos:

El periodo de garantía pasa a ser de mínimo 3 años independientemente del lugar de compra (concesionario, directamente con la marca, internet…), aunque ya hay muchos fabricantes que ofrecen garantías ampliadas de hasta 7 años. Lo que sí es interesante es que el comprador dispondrá de dos años, y no de seis meses, para reclamar fallos o averías como defectos de fábrica sin tener que presentar carga de prueba.

Por el contrario, en el caso de los coches de segunda mano:

Entre particulares. la garantía ahora cubre un año, siempre que no se especifique explícitamente lo contrario en el contrato. Ambas partes pueden acordar un espacio de tiempo más corto, pero nunca menor a los seis meses que es el mínimo por ley. Además, si no se plasma en el contrato la duración, por defecto será de 12 meses.

En el caso de concesionarios, la garantía se amplía hasta dos años aunque, de nuevo, ambas partes pueden establecer un periodo menor pero que nunca podrá ser inferior a un año. También debe quedar por escrito el tiempo acordado porque si no se aplicaran los 24 meses por defecto.

Hasta el momento el comprador estaba desamparado ante los denominados como ‘vicios ocultos‘, es decir, los defectos, fallos y averías que el vendedor sabía que tenía el coche, pero de los que no le avisaba.

Era el propio comprador el que tenía que demostrar que la falla era previa a la adquisición y que no la había provocado al pasar a su propiedad. Ahora la situación se invierte y será el vendedor el que, durante el periodo de garantía, deberá hacerse cargo de los gastos de la reparación siempre que la avería no estuviera registrada en el contrato.

Otro de los cambios de este decreto que atañe a la venta de nuevos coches es la obligación de los fabricantes de asegurar a los conductores repuestos originales durante los 10 años siguientes a la fecha de la compra, lo que asegura que las reparaciones se lleven a cambio con recambios de la casa. Además, el plazo para poder comprobar (o reclamar) que una reparación en garantía ha sido correcta pasa a ser ahora de un año, mientras que antes era de medio

Texto: motor.elpais.com

Texto: 20 minutos

 

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Last modified: 23 de febrero de 2022

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