Atención Ciudadana 965 827 000

Bases y Convocatoria para FAMILIAS interesadas en recibir los servicios del PLAN CORRESPONSABLES

20 de diciembre de 2021

Esta mañana Inma García y Natalia Bañón, Concejales de Igualdad y Educación respectivamente, daban cuenta de la publicación de las Bases Reguladoras y Convocatoria para la presentación de solicitudes por parte de familias interesadas en recibir los servicios de conciliación del Plan Corresponsables.

Las mismas están destinadas a familias con niños menores de 14 años, y se ha diseñado según las respuestas recogidas en la encuesta que a tal fin lanzó el Consistorio tras reuniones de trabajo entre Centro de la Mujer, Servicios Sociales, Recursos Humanos y Educación junto a los representantes de la Federación de Ampas.

El plazo para presentar instancias comienza en el día de hoy y estará abierto durante 10 días hábiles, hasta el 31/12/2021 (inclusive), exponiéndose literalmente las bases a continuación, y estando disponibles junto a sus anexos en el Tablón de Anuncios del M. I. Ayuntamiento https://caudete.sedipualba.es/tablondeanuncios/anuncio.aspx?id=35826

PRIMERA .- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente la regulación y convocatoria para solicitar el servicio de conciliación en el marco del Plan Corresponsables durante el curso 2021-2022, consistente en:

A) Aula Matinal: servicio de atención al alumnado de hasta 14 años inclusive, antes del inicio de la actividad lectiva, en el que se desarrollan actividades de desayuno (facilitado por las familias), de vigilancia y de atención educativa. El servicio se desarrollara en los C.E.I.P Gloria Fuertes, Alcázar y Serrano, El Paseo, y Amor de Dios, o alternativamente en instalaciones municipales.

El servicio de aula matinal se prestará todos los días lectivos del curso de 7.00 a 9.00 de la mañana, según calendario escolar provincial de enseñanzas no universitarias aprobado por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte para el curso escolar 2021/2022 y siguientes

b) Servicio de conciliación en horario de tarde. Es un servicio destinado al cuidado de menores en horario extraescolar. Se prestará de lunes a viernes en horario de 4 a 6 de la tarde, con posibilidad de ampliación horaria según las necesidades a cubrir, ofreciendo apoyo a los progenitores que por motivos laborales, gestiones, atenciones médicas y otros, lo requieran de manera que puedan armonizarse todas las esferas de la vida personal, familiar y laboral.

c) Servicio durante los periodos de las vacaciones escolares de Semana Santa o los días NO LECTIVOS en jornada de mañanas y/o tardes para favorecer la conciliación laboral y familiar.

Días no lectivos: 28 de febrero de 2022, 30 de mayo de 2022
Vacaciones Semana Santa: 11, 12 y 13 abril de 2022 (lunes, martes y miércoles antes de Jueves Santo).

SEGUNDA. Familias Beneficiarias:
– Familias en las que ambos progenitores, personas tutoras o acogedoras o el único responsable familiar, en caso de familias monoparentales / monomarentales, tengan a su cargo a menores de hasta 14 años. (Menores nacidos entre el 1 de enero de 2008 y el 31
de diciembre de 2022)
– Empadronados en el municipio.
– Que necesitan apoyo en el cuidado de los menores en horario de mañana previo a la entrada del colegio (aula matinal) o de tarde (servicio de conciliación), o en servicio periodos vacacionales y/o días no lectivos.

TERCERA. Criterios de priorización.
En el caso de que sea necesario aplicar criterios de priorización en el acceso al servicio ofertado en el marco del programa Plan Corresponsables, serán prioritarias:
– Mujeres víctimas de violencia de género especialmente cuando tengan que acudir a interponer denuncias, procesos judiciales, citas médicas y terapéuticas, u otros trámites burocráticos.
– Familias monomarentales y monoparentales.
– Mujeres en situación de desempleo de larga duración.
– Mujeres mayores de 45 años .
– Las familias con menor renta per cápita.
– Cargas familiares.
– Unidades familiares en las que existan otras cargas relacionadas con los cuidados.
– Unidades familiares con miembros en situación de desempleo.

CUARTA. PLAZO DE SOLICITUD :
Las familias que cumplan con los requisitos especificados en la base segunda de esta convocatoria deberán presentar su solicitud en el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación de esta convocatoria en el Tablón Anuncios de la Sede Electrónica Ayuntamiento de Caudete www.caudete.es.

Las solicitudes deberán ser entregadas, debidamente cumplimentadas, en el Registro General del Ayuntamiento de Caudete, entre las 09:00 y las 13:30 horas en días laborables, o mediante cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las instancias se ajustarán al modelo previsto en el ANEXO I de la presente convocatoria y deberán incorporar la siguiente documentación:

QUINTA. SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN
1.- Solicitud. Las solicitudes se formularán conforme al modelo establecido en el anexo I, siendo única por unidad de convivencia.
2.-Documentación:
– DNI, NIE miembro unidad familiar solicitante (solo en caso de oponerse a su consulta).
– Fotocopia completa del libro de familia o de los documentos que acrediten la guarda y custodia o tutela. En caso de que las/los menores estén en situación de acogimiento por resolución administrativa o auto judicial, copia del certificado del organismo competente y en su caso cuantía de la remuneración.
– A los efectos de valoración nivel renta: declaración renta 2020, o declaración responsable de no estar obligado a presentarla.
– Fotocopia de la tarjeta de demanda de empleo, en su caso.

– Acreditación de la valoración de dependencia cuando la familia asuma los cuidados de un familiar en esta situación. Las cargas familiares se comprobarán de oficio por parte del ayuntamiento atendiendo al padrón municipal.

El Ayuntamiento se reserva el derecho de comprobar de oficio cualquier dato sobre la persona peticionaria o los miembros de la Unidad de Convivencia así como el recabar del cualquier documento que, una vez estudiada la solicitud, considere necesario para su adecuada resolución.

¡Comparte!

Last modified: 20 de diciembre de 2021

Comments are closed.