Los clientes y acreedores de Viajes Marsans tienen un mes para reclamar los importes que les adeuda la empresa, a través de una comunicación dirigida a los administradores concursales nombrados por el Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid para supervisar el procedimiento por insolvencia.
El Instituto de Consumo de Castilla-La Mancha informa de la presentación de concurso de acreedores por parte de la agencia de Viajes Marsans y su filial Viajes Crisol. Los acreedores, incluidos los consumidores que hayan sido perjudicados por esta medida, tienen un plazo determinado para presentar sus reclamaciones.
Según ha publicado el Boletín Oficial del Estado, con fecha 5 de julio, los acreedores deberán presentar sus comunicaciones de dos formas: vía correo ordinario a la dirección: “Administración concursal del concurso de Viajes Marsans, S.A.”, C/ Fernando el Católico, nº 61, bajo, Madrid, CP 28015; o bien vía correo electrónico a través del sitio web www.concursomarsans.info, donde además se podrá encontrar información más detallada sobre el proceso.
Los acreedores deberán presentarse mediante escrito firmado por él mismo, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
El Instituto de Consumo recuerda que pueden dirigirse al Telefono GRATUITO de Información al Consumidor (900501089) o dirigirse a las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC), a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios o a los Servicios Provinciales de Consumo para recibir asesoramiento e información y así como para plantear cualquier queja o reclamación.
Last modified: 13 de diciembre de 2020