Plazo presentación solicitudes hasta el 22 de julio de 2019.
El objeto de estas ayudas es la financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en la misma a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos, así como a asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que destinen viviendas arrendadas a alojar personas con necesidades especiales, pertenecientes a colectivos de atención preferente.
Los beneficiarios podrán ser:
– Las personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda que constituya el domicilio habitual y permanente de la unidad de convivencia, cuya renta no supere la cuantía total de 500 euros mensuales.
– Las asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones que sean titulares de un contrato de arrendamiento, cuya renta no supere la cuantía de 600 euros mensuales, que destinen la vivienda a alojar a personas con especiales necesidades.
La cuantía de la ayuda será, siempre que la renta del alquiler no supere los 500 euros, del 40% en el programa general, que podrá llegar hasta el 50% de la renta mensual en el caso de que los solicitantes tengan 65 años, siendo del 50% de la renta en todo caso en el programa de jóvenes.
Tendrá una cuantía del 50% de la renta mensual en el programa de ayuda para asociaciones, entidades del tercer sector y fundaciones, siempre que dicha renta no supere los 600 euros.
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a) En la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla -La Mancha, www.jccm.es.
b) Las personas físicas podrán presentarlo en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para más información:
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o, en caso necesario, en Oficina de la Agencia de Desarrollo Local de Caudete, tel. 965827000 Ext. 306, desarrollo@caudete.org
Last modified: 15 de diciembre de 2020